Derecho Penal
Guía de violencias y delitos digitales: 40 conductas que pueden ser delito
Por Sylvia Córdoba Moreno ·

Muchas de las conductas que vemos a diario en redes sociales y mensajería no son "cosas de internet". Son delitos tipificados en nuestro Código Penal, y quien las sufre tiene herramientas legales para actuar.
En el despacho lo vemos cada semana: personas que llevan meses soportando mensajes, filtraciones de imágenes o suplantaciones de identidad sin saber que lo que les ocurre tiene nombre, tiene encaje penal y tiene solución. Por eso hemos preparado esta guía, que recoge 40 conductas de violencia digital clasificadas en seis bloques.
Es una clasificación adaptada a partir de la Guía de Primeros Auxilios Psicológicos en Violencias Digitales (Ministerio de Igualdad / Otra Internet es Posible).
Control y vigilancia

Aquí entran el ciberacoso, el ciberacecho (stalking), el espionaje digital, el spyware o stalkerware, el orbiting, el doxing, el hacking y el robo de contraseñas.
Son conductas que buscan seguir, controlar o invadir la vida de otra persona a través de sus dispositivos y cuentas. Muchas veces empiezan de forma sutil, como una revisión "de confianza" del móvil de la pareja, y acaban siendo un patrón de control que tiene consecuencias penales.
Amenazas, coacción y chantaje

Incluye las ciberamenazas, las cibercoacciones, el silencing, la sextorsión (también la económica), la incitación al odio o a la violencia, la revelación de secretos y la difusión no consentida de material íntimo.
El denominador común es el miedo. Se utiliza la amenaza de publicar algo, o el propio contenido íntimo, para obligar a alguien a hacer o callar.
Violencia sexual digital

Es el bloque más grave y el que más ha crecido: voyeurismo y upskirting, creepshots, sexting no consentido, revenge porn, difusión de fotos y vídeos íntimos sin consentimiento, violencia sexual basada en imágenes, deepfakes creados con IA y cyberflashing.
Que una imagen se haya compartido en confianza no autoriza a nadie a difundirla. Y que un contenido sea falso, como ocurre con un deepfake, no significa que el daño no sea real.
Humillación y daño a la reputación

Injurias y calumnias, difamación, flaming, trolling, gendertrolling, slut-shaming, body-shaming y deadnaming.
No toda crítica es delito, pero sí lo es atacar el honor de alguien de forma deliberada, sostenida y pública. Cuando esa humillación se multiplica en redes, el daño reputacional y emocional puede ser enorme.
Suplantación y usurpación

Aquí se agrupan el fraping (acceso no autorizado a tu perfil), la suplantación de identidad, el outing (revelar la orientación o identidad de alguien sin su consentimiento) y la manipulación de imágenes.
Que alguien actúe en internet como si fuera tú, o cuente lo que no le corresponde contar, tiene consecuencias legales.
Agresión digital y física

La violación virtual, el grooming o acoso a menores con finalidad sexual, el happy slapping (grabar agresiones físicas para difundirlas) y la incitación a la autolesión o al suicidio.
Son las conductas en las que lo digital y lo físico se encuentran, y en las que la protección de las personas menores y vulnerables es una prioridad absoluta.
¿Estás viviendo alguna de estas situaciones?
Tres cosas que puedes hacer hoy mismo:
No borres las pruebas. Guarda capturas de pantalla, direcciones URL e identificadores de los perfiles implicados. Cuanto antes las conserves, mejor.
No respondas ni confrontes a quien te está agrediendo.
Notifica a la plataforma y valora denunciar ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Y, sobre todo, no te quedes solo o sola con esto. Acude a un despacho especialista que pueda valorar tu caso, ordenar las pruebas y decidir contigo cuál es la mejor vía. En Córdoba Moreno Abogados trabajamos cada día en derecho penal y en la protección de tu imagen y tu privacidad en internet.
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