Derecho Penal
Decir «no» a una denuncia también es ejercer la abogacía con responsabilidad
Por Sylvia Córdoba Moreno ·

Esta semana he dejado marchar muchas cosas, pero hay una de la que me siento especialmente orgullosa.
Me refiero a una potencial clienta a la que, en sentido figurado, le abrí la puerta encantada cuando vi el panorama. Más que una clienta para el despacho, iba a ser un dolor.
Cómo empezó
Un amigo me llama y me dice que me ha recomendado a una conocida que necesita un/a abogado/a penalista. Y aunque viniera de un amigo, cometí un error de novata, a pesar de mis más de 20 años de ejercicio, mi Máster y mi Doctorado en Derecho Penal: la atendí por teléfono sin cobrarle antes la consulta, casi 1 hora escuchando y, peor aún, diagnosticando y buscando la solución. Después examiné toda la documentación para analizar la situación con rigor, y hubo más teléfono.
El caso
Quería denunciar a su expareja porque no le permitía hablar con sus hijos cuando estaban con él, lo que ella calificaba de «violencia vicaria».
Había pasado de ostentar la custodia a tener que aceptar una guarda y custodia compartida con revisión a los seis meses, y tras ello, una atribución de la custodia exclusiva al padre. Matiz importante: cuando se acordó la compartida, también se retiraron las comunicaciones del progenitor con los hijos durante los periodos que no le correspondía tenerlos. Y cuando después se dio la custodia al padre, nada se volvió a decir sobre las comunicaciones de los hijos con la madre.
Que unos hijos pasen semanas sin comunicarse con uno de sus progenitores es inaceptable. Pero una cosa es eso y otra muy distinta es que ese señor estuviera cometiendo violencia vicaria. No lo estaba. Y la denuncia no era la opción.
Llegué a la conclusión, y así se lo expliqué motivadamente por teléfono y en un correo extenso, de que lo mejor era acudir a la vía civil. Sigo pensándolo. Pero ella estaba convencida de que sabía mejor que yo lo que le interesaba, y creía que, poniendo la denuncia, recuperaría la custodia. Por eso, finalmente, le cobré la consulta y me quité un problema.
Y es que soy estudiosa, responsable y me considero una buena profesional. Mi afán no es cobrar por cobrar: es no aceptar un trabajo que no solo no considero adecuado, sino que además sería contraproducente para la propia clienta.
Mis lecciones de esta semana
La primera: mi experiencia no es una cortesía. Se cobra desde la primera llamada.
La segunda: la ética y la deontología de nuestra profesión nos obligan a decir al cliente lo que le conviene, no lo que quiere oír. Y el Derecho Penal no es un arma arrojadiza para intimidar al contrario, ni una forma de presión para ganar posición en un conflicto familiar. Es, o debe ser, la última alternativa. De eso trata precisamente el principio de intervención mínima del Derecho Penal.
Decir «no» a un asunto que no debe plantearse por la vía penal también es ejercer la abogacía con responsabilidad.
Sylvia Córdoba Moreno · Córdoba Moreno Abogados
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